Tras estudiar abogacía, la batalla judicial que Sabrina Ortiz inició en 2018 tiene hoy a tres productores y a dos exfuncionarios locales procesados por infringir los límites en el uso de agrotóxicos. Mientras tanto, el municipio de Pergamino trajina en tribunales para no entregar agua en los barrios más afectados. Conocé los orígenes de esta lucha en "La denuncia de Sabrina Ortiz".
Por Manuel Tejo
Foto: Matías Adhemar,
archivo
5.5.2022
En el año 2014 comenzó a regir en Pergamino una ordenanza que prohibió las fumigaciones con agroquímicos en los primeros 100 metros
después del ejido urbano y fijó una zona de amortiguamiento para los siguientes
500 metros.
En 2017 Sabrina Ortiz se recibió de abogada en la
Universidad Siglo 21 (ya era docente en salud) y al año siguiente impulsó una
denuncia por aplicaciones irregulares en el Juzgado Federal en lo Criminal y
Correccional N° 2 de San Nicolás, a cargo de Carlos Villafuerte Ruzo.
La “causa madre” del conflicto de agroquímicos en Pergamino
fue impulsada contra los productores Roces (el exvecino de Sabrina), Fernando
Cortese, Víctor Tiribó y Enrique Turín por infracción a la ley de ResiduosPeligrosos (24.051) y al artículo 200 del Código Penal sobre envenenamiento de agua potable.
En el marco de la investigación, fueron procesados y
embargados los productores Roces, Cortese y Tiribó, mientras que para Turín se
dictó la falta de mérito. “La Cámara se expidió confirmando los procesamientos
y ahora estamos en proceso de esperar que se eleve a juicio oral”, explica
Sabrina.
En tanto, en otra causa paralela también quedaron
procesados y embargados los exfuncionarios municipales Guillermo Naranjo y
Mario Tocalini (quienes se desempeñaban en la Dirección de Ambiente Rural) por
omitir controles a la aplicación de agroquímicos según la normativa local.
En abril de 2019, Villafuerte Ruzo dictó una primera medida cautelar en la que prohibió las fumigaciones en campos del distrito
pertenecientes a estos cuatro productores, amplió a 600 metros las
restricciones para las zonas adyacentes de los barrios Villa Alicia, Luard
Kayad y La Guarida, y suspendió provisionalmente las autorizaciones para nuevas
aplicaciones.
Esa resolución tomó en cuenta el criterio de la Corte Suprema que en 2016 determinó que en cuestiones de medio ambiente, “en casos de peligro grave o irreversible, o
de ausencia de información o certeza”, tiene prioridad absoluta la prevención
del daño futuro y se impone adoptar un criterio de precaución.
La ingeniera agrónoma del INTA Balcarce, Virginia Aparicio, advirtió que distintas muestras de agua analizadas no eran aptas para el consumo humano.
Cuatro meses después de la primera medida cautelar,
Villafuerte Ruzo amplió las restricciones y prohibió las fumigaciones con
agroquímicos a menos de 1.095 metros del ejido urbano para aplicaciones terrestres
y a menos de 3.000 para las aéreas. Además, en el marco de sus decisiones, el
magistrado obligó al Municipio a proveer de bidones de agua a los vecinxs de
los barrios Villa Alicia, Luard Kayad, La Guarida y Santa Julia.
Las medidas tomaron como referencia los estudios del
Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) Balcarce pedidos por la
Justicia que determinaron la existencia de dieciocho agrotóxicos en el agua de
distintas zonas de Pergamino.
En su peritaje, la ingeniera agrónoma del INTA Balcarce,
Virginia Aparicio, advirtió que distintas muestras de agua analizadas no eran
aptas para el consumo humano. La especialista se basó en las máximas
concentraciones de plaguicidas admitidas por la Unión Europea, ya que advirtió
que el 90% de los productos que regula el Código Alimentario Nacional “están
prácticamente en desuso en los sistemas productivos nacionales”.
En un posterior informe, la Unidad Fiscal para la Investigación de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA), dependiente del Ministerio Público Fiscal, apoyó la posición de Aparicio y sostuvo que “es necesario destacar la necesidad imperiosa que se tiene de contar con una normativa moderna que incluya los plaguicidas de uso actual” y puso como ejemplo la regulación de la Unión Europea. También un informe del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema analizó el estudio de Aparicio y consideró que los valores encontrados “no son aptos para el consumo humano”.
La “causa madre” fue impulsada contra los productores Roces (el exvecino de Sabrina), Fernando Cortese, Víctor Tiribó y Enrique Turín por infracción a la ley de Residuos Peligrosos y al artículo del Código Penal sobre envenenamiento de agua potable.
En cuanto a las distancias para fumigaciones establecidas
por Villafuerte Ruzo, los 1.095 para las terrestres tuvieron en cuenta los
estudios realizados por el Grupo de Investigación GeMA —Genética y Mutagénesis
Ambiental— de la Universidad Nacional de Río Cuarto sobre el daño genético que
sufren personas de pueblos de Córdoba expuestos a la aplicación de
agroquímicos.
“El trabajo que se hizo en niños arrojó ese resultado:
hasta 1.095 metros se encontraba un daño genético aumentado en relación a otros
que viven a mayor distancia”, le explicó a Perycia la genetista Delia Aiassa, a
cargo del grupo GeMA.
Los 3.000 metros dispuestos por Villafuerte Ruzo para fumigaciones aéreas van en sintonía con un fallo en el que la justicia de Entre Ríos prohibió fumigar con cualquier agrotóxico a menos de 1000 metros de las escuelas rurales de esa provincia y a menos de 3000 si las aplicaciones son aéreas. El fallo que además suspende en horario de clases todas las fumigaciones fue citado por el magistrado que actuó en el caso de Pergamino.
Municipio apelador
En la primera cautelar, el juez Villafuerte Ruzo también
indicó que un informe presentado por la Autoridad del Agua de la Provincia de Buenos Aires (ADA) consideraba que el agua del distrito era apta para el
consumo humano al sostener que “ninguno de los valores determinados” superaban
“los límites permitidos”.
Tras conocerse los resultados del INTA en la primera medida
precautoria, el 3 de abril de 2019 la Municipalidad de Pergamino emitió un
comunicado en el que destacó el informe de la ADA. Un mes después del
comunicado municipal, el organismo provincial publicó un breve texto en su web
en el que indicó que no había emitido “de manera pública ningún tipo de
información” correspondiente a la causa de Pergamino.
A través de dos pedidos de acceso a la información pública
presentados a principios de marzo, amparados en la Ley 25.275, Perycia solicitó
a la ADA que le informe sobre el estudio citado por el municipio y sobre
eventuales estudios que se hayan realizado en otros distritos para detectar
agroquímicos en el agua. Hasta hoy 5 de mayo, la máxima autoridad del agua en la
provincia no respondió.
El Municipio de Pergamino, a cargo de Javier Martínez
(Juntos por el Cambio), apeló a distintos puntos de la medida cautelar
dispuesta por Villafuerte Ruzo y hoy el caso se encuentra en la Corte Suprema.
En su apelación ante la Sala A de la Cámara Federal de
Apelaciones de Rosario, el Municipio sostuvo que el magistrado nicoleño “abusó
de la utilización del principio precautorio” y pidió que se suspenda la
cautelar que amplió las distancias para fumigaciones. Asimismo, la Comuna
planteó que los límites impuestos excedían las responsabilidades del Gobierno
local y que parte de la competencia correspondía a la provincia de Buenos
Aires.
El juez de la Cámara de Apelaciones Aníbal Pineda hizo un
repaso de las pruebas presentadas por víctimas y especialistas, y destacó “la
obligación en la aplicación del principio precautorio, según el cual, cuando
haya peligro de daño grave e irreversible la ausencia de información o certeza
científica no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de
medidas eficaces”.
El Municipio de Pergamino, a cargo de Javier Martínez (Juntos por el Cambio), apeló la medida cautelar dispuesta por Villafuerte Ruzo y hoy el caso se encuentra en la Corte Suprema.
Desde esta perspectiva, confirmó la decisión en la que
Villafuerte Ruzo amplió las distancias para las fumigaciones. Además, consideró
que “la Municipalidad fue correctamente incluída como destinatario de la cautelar
impuesta”, pero hizo lugar al pedido del Municipio para “extender dicha medida
cautelar al Poder Ejecutivo de la provincia de Buenos Aires”.
El Municipio volvió a apelar. Le tocó resolver a la Sala IIde la Cámara Federal de Casación que consideró que ese recurso fue “mal
concedido”.
Según le detallaron fuentes cercanas a la causa a Perycia,
en la apelación presentada en el máximo tribunal el Municipio pide anular las
distancias promovidas en la segunda cautelar y ser querellante en la causa,
mientras que cuestiona la competencia federal en el caso al sostener que
debería haber tramitado ante un juez de provincia. Por otro lado, ante la
Cámara, el Municipio apela la entrega de agua envasada al barrio Santa
Julia.
La decisión ahora está en manos de la Corte Suprema. Los fumigados de Pergamino esperan justicia.